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domingo, 3 de julio de 2011

Comunitaria La ‘invención’ de la comunidad como actor económico



Invención del actor económico comunidad, entre el sentido de reivindicarlo e impulsarlo, como un acto de justicia histórica, desde la perspectiva del Gobierno; y el sentido de fabular o fraguar, desde el punto de vista de los críticos de la nueva Ley de la Revolución Productiva Comunitaria Agropecuaria.



Ésta es, precisamente, una de las mayores novedades de la nueva ley, apunta uno de sus gestores (desde el Ministerio de Autonomías), el hoy ministro de la Presidencia, Carlos Romero: reconocer a las comunidades originarias, a las interculturales y a las afrobolivianas como “organización económica comunitaria (Oecom)”.



Las Oecom son el principal sujeto económico de la ley, ciertamente privilegiado, dice la autoridad, por un acto de justicia, cultural y económica: “En esta ley, el Estado decide apoyar a los distintos actores productivos (agropecuarios), pero de alguna manera también privilegia al actor comunitario por la situación de desventaja histórica en que se ha encontrado, y para tratar de neutralizar las relaciones asimétricas de intercambio (en el mercado), y neutralizar las desigualdades en el ámbito rural”.



La Oecom, reconoce Romero, fue una demanda del Pacto de Unidad, macroorganización conformada por la Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia (CSUTCB), la Confederación de Mujeres Bartolina Sisa, la Confederación de Comunidades Interculturales, la Confederación de Pueblos Indígenas del Oriente (CIDOB) y el Consejo Nacional de Ayllus y Markas del Qullasuyu (Conamaq), que busca que “la comunidad sea reconocida como actor productivo y, consiguientemente, sujeto titular de acceso a crédito, tecnologías y un conjunto de políticas que le permitan dinamizar su actividad productiva”.
El reconocimiento de las Oecom también es un mandato constitucional, por el artículo 307 de la




Cuarta Parte, Estructura y Organización Económica del Estado.
ECONOMÍA. La reivindicación de la comunidad como actor productivo también tiene su razón económica: junto a la diversidad de asociaciones de productores rurales, el “sistema tradicional comunitario” (las comunidades), provee al país la mayor parte de su requerimiento alimentario, especialmente en los productos básicos de la dieta de los bolivianos, señala el ministro Romero.
Al respecto, sólo en el altiplano y los valles semiáridos, la Unidad de Análisis de Políticas Económicas (UDAPE) registra entre 500 y 600 mil unidades campesinas, con una superficie cultivada y de pastoreo de un millón de hectáreas, y una producción de papa, maíz, trigo, cebada, haba, quinua, hortalizas, frutales y carne de ganado ovino, bovino y de camélidos.Para el economista Enrique Ormachea, del Centro de Estudios para el Desarrollo Laboral y Agrario (CEDLA), en cambio, la ley si bien habla del actor “comunidad”, en los hechos apuesta al productor individual, porque mayoritariamente está constituida por “pequeños parcelarios minifundistas”.



Y como la ley “no contiene ninguna propuesta orientada a superar la agricultura de pequeña escala, resulta difícil comprender cómo la denominada ‘economía comunitaria’ será capaz de jugar un rol importante en la provisión de alimentos para la población boliviana”, cuestiona Ormachea.



El CEDLA pone como ejemplo la producción de trigo. Entre 2006 y 2010, en el país hubo un incremento de 51. 349 hectáreas de superficie cultivada y de 117.096 toneladas en los volúmenes de producción. El incremento en ambos aspectos primordialmente se debe a la producción radicada en Santa Cruz, donde los productores en lo principal son las medianas y grandes empresas agrícolas.



Por lo demás, si se ve sólo el año 2010, del total de toneladas de trigo producidas en el país, el 77% está en Santa Cruz, y sólo el 23% en manos de, se supone, pequeños productores de Chuquisaca, Cochabamba, Potosí y La Paz; de modo que su participación en el mercado es menor, explica Ormachea.


FAMILIAs. En relación a la reivindicación de la economía comunitaria, la Fundación Milenio es lapidaria: en realidad, esta economía “no existe”. Entidades territoriales equivalentes a la Junta de Vecinos urbana, aunque con mayor control social, las comunidades en rigor no son agentes económicos: “dentro de ellas son las familias las que planifican la producción, producen y se apropian de los excedentes, sin que la comunidad tenga mayor injerencia”.
Así, una política de Estado dirigida a una “comunidad” de familias pero con intereses económicos heterogéneos, lo más probable es que fracase por ser poco práctico. Los propios campesinos ya dieron una salida a esto, señala Milenio, creando al interior de la comunidad, las asociaciones de productores, “la expresión más moderna del atomizado mundo rural”. Si bien para Romero la base de la comunidad es la familia, la diferencia está en que se trata de una “familia ampliada” y que la comunidad como organización es el complemento necesario a la reproducción de dichas familias, porque les ayuda a enfrentar los eventos naturales adversos, tan comunes en el ámbito rural. O sea, la importancia económica de la forma comunidad es más importante de lo que parece.

Ahora, si bien Romero insiste en que la ley más bien promueve el asociativismo, a fin de revertir el minifundio, el usufructo y aprovechamiento privado (familiar) de la tierra definitivamente se ha instaurado en las comunidades, y esto se va a profundizar con la nueva ley, sentencia Ormachea. transgénicos. Aquí, el punto de desacuerdo es el artículo 15 de la ley, en el que se prohíbe la introducción al país de “semillas genéticamente modificadas de especies de las que Bolivia es centro de origen o diversidad”. Para Romero, además de este candado, hay otros cuatro: el transgénico no entra si atenta al patrimonio genético, a la biodiversidad, la salud de los sistemas de vida, y a la salud humana.

Para Leonardo Tamburini, director ejecutivo del Centro de Estudios Jurídicos e Investigación Social (CEJIS), dicho artículo más bien abre las puertas a la importación de productos transgénicos, lo cual se hace pensando básicamente en los grandes productores del oriente.
Esto no es nuevo, señala: en el Gobierno hay una importante corriente “neodesarrollista” que se va imponiendo en diferentes proyectos, uno de los cuales, por ejemplo, es la proyectada carretera entre Villa Tunari y San Ignacio de Moxos, que cruzará el Territorio Indígena de los Pueblos del




Parque Isiboro Sécure (TIPNIS).
Para el CEJIS, si bien la ley contiene avances, el artículo de los transgénicos la ensombrece porque expresa una cierta inconsecuencia con el discurso de defensa de la Madre Tierra. No se entiende, en el Gobierno, que así como la idea de equidad de género es transversal a todas las políticas públicas, lo mismo debería ocurrir con “producción orgánica”, defensa del medioambiente, entre otros, insiste.



financiamiento. La nueva ley dispone dos formas de sostenimiento financiero de la Revolución Productiva: los Fondos Concurrentes Departamentales Productivos y los Mecanismos rediticios.
Los fondos departamentales, en realidad, estarán constituidos con recursos que deberán ser aportados, según corresponda, por los gobiernos del departamento, de los municipios, de las autonomías regionales y de las indígenas.

Se trata de transferencias directas, aunque condicionadas, de recursos públicos a privados, apunta Milenio. Esto ya se hace, pero “financiar a comunidades (sindicatos, centrales campesinas u organizaciones territoriales de base) es mucho más riesgoso y entraña una responsabilidad de seguimiento” más cuidadosa, destaca Milenio.



En relación al crédito, la ley crea el Fondo Crediticio Comunitario (FCC), mediante el cual, señala Romero, se busca desarrollar el crédito agropecuario. Un estudio de ocho bancos dio que el crédito agrícola apenas llega al 5% de la cartera de préstamos de los bancos.



El Crédito Comunitario, que será creado con recursos del TGN, se encaminará a través de las



“actuales entidades financieras”, y aunque sus tasas de interés serán casi cero, sólo para cubrir sus costos operativos, no es “a fondo perdido”; es la estrategia para garantizar el acceso a servicios financieros de este nuevo actor económico: la comunidad, señala el ministro.



Ley, librecambio y protección
La actividad agropecuaria en cualquier parte del mundo tiene que combinar tanto medidas librecambistas como las proteccionistas, destaca el ministro Carlos Romero.
Por esto se introdujo en la nueva Ley de Revolución Productiva Comunitaria Agropecuaria un organismo de planificación estatal-social: los Consejos Económico Productivos, entidad que se constituirá en el nivel municipal, regional, departamental y nacional, y que estará conformada básicamente por autoridades gubernamentales, representantes de las organizaciones comunales y de productores, y del sector agroempresarial.



Romero insiste en que esta planificación tiende a ordenar razonablemente el sistema agropecuario nacional.Por un lado, se trata de sistematizar la información de los actores económicos, sus potencialidades, ubicación geográfica, capacidad productiva, entre otras cosas, a fin de que a través de este “sistema de planificación indicativa tengamos una perspectiva real de lo que se puede cubrir efectivamente con los productores internos (el mercado nacional), y ver las medidas de protección o regulación de aquellos productos que tiendan a presentar déficits”.
Por otro lado, también se busca clarificar la dinámica agropecuaria del país; “hasta hoy, un poco se ha ido a oscuras, y hay que aterrizar mejor para diseñar mejores políticas públicas”, destaca.



Ley procampesino rico
La Ley de Revolución Productiva en los hechos beneficiará “a los empresarios agropecuarios y a los campesinos ricos”, remarca el economista Enrique Ormachea, del CEDLA.
Esto se da, dice, porque ambos sectores serán los únicos beneficiados del sistema de créditos impulsado por la nueva norma: “Son ellos quienes estarán en condiciones de obtener créditos respaldados por garantías prendarias de maquinarias, equipos, insumos, producción actual o futura, semovientes y otros activos y garantías personales contempladas en el proyecto de ley”.
El propio Seguro Agrario “Pachamama”, destaca Ormachea, podrá ser cubierto por estos sectores acomodados del área rural. “Para la gran masa de campesinos pobres, ninguna novedad en el frente”, afirma Ormachea.



Lo de los campesinos ricos se explica por ser ellos, sostiene, los principales aliados del MAS.
Bolivia es una isla orgánica En lo relativo a los alimentos transgénicos, en Latinoamérica, el país prácticamente es una “isla orgánica”, destaca el director del CEJIS, Leonardo Tamburini.
Es este plus el que la Ley de Revolución Productiva Comunitaria debería explotar y fortalecer, según dice.A la fecha, Argentina es el segundo productor de transgénicos del mundo, especialmente en soya, cuya economía sostiene al país. Pero ya hace tiempo se sienten las consecuencias: problemas ambientales, tierras desertificadas, concentración de las empresas, desplazamiento de gente, monocultivo.



Para el país es urgente iniciar un “proceso de salida de los transgénicos de Bolivia, su eliminación progresiva”, insiste Tamburini.
En segundo lugar, para el especialista, se debe proteger el patrimonio genético nacional, incentivar la producción y uso de pesticidas orgánicos, el desarrollo de semillas nativas y fortalecer de manera decidida a los “campesinos orgánicos”.



Productos estratégicos
La Ley de la Revolución Productiva Comunitaria Agropecuaria establece 11 “productos estratégicos” necesarios para la soberanía alimentaria boliviana: maíz, trigo, arroz, papa, hortalizas, ganadería, forrajes, avicultura, caña de azúcar, quinua y sorgo.
Es tal la variedad de estos productos que, en los hechos, según la Fundación Milenio, se derivará en “un control generalizado de precios y, con ello, desincentivos a la producción”.
Estos productos serán sometidos a dos restricciones: “la obligatoriedad de constituir reservas en silos estatales y, dos, la regulación de sus precios en el mercado interno y el control de su exportación”.



El control sobre los 11 productos hace prever que se continuará con la política de fijar cupos a la producción afectada por el alza de precios o la escasez. “Ello, entre los años 2008 y 2010, significó $us 178 millones que dejaron de percibir los productores, con la siguiente pérdida de mercados”, apunta Milenio.

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